PRINCIPIO DE EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA CUANDO NO RESULTA ADECUADA LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE EMPRESA EN FUNCIONAMIENTO

Finalidad:

Esta resolución del ICAC tiene la finalidad de que las empresas cumplan correctamente su obligación de formular las Cuentas Anuales en los supuestos de liquidación o cuando se tenga la intención de hacerlo.

Se encuentran fuera de esta obligación:

–          Sociedades de duración limitada.

–          Sociedades declaradas en concurso de acreedores.

–         Supuestos de modificación estructural de sociedades mercantiles.

–          Liquidación parcial de un grupo enajenable de elementos.

Los aspectos más relevantes de las normas a seguir son:

–          Respecto al Marco Conceptual de la Contabilidad, este no difiere, excepto en los criterios de valoración aplicables. En los activos habrá que corregir el valor o dar de baja aquellos que no se van a poder recuperar y respecto al pasivo se producirá el nacimiento de nuevas obligaciones. Por tanto los criterios de valor en uso, valor neto realizable y valor actual no proporcionarán una imagen fiel, por lo que lo correcto será usar el de liquidación de los activos.

–          Se establecen unas nuevas Normas de Registro y Valoración, siendo las más destacadas:

  • Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta: hay que evaluar si siguen siendo una Unidad Generadora de Efectivo o habría que darlos de baja.
  • Las existencias y las inversiones en empresas de grupo, multigrupo o asociadas tendrán que valorarse con su valor de liquidación.
  • Se dará de baja el activo por impuesto diferido.
  • En tal caso de que se tengan que devolver las subvenciones se generará un pasivo con el importe de la subvención.

–          Respecto a las Normas de elaboración de CC.AA ya no existe obligación de suministrar en la memoria información sobre eventos que originen la no aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

Para ver la normativa completa, pinche el siguiente enlace:

 http://www.boe.es/boe/dias/2013/10/25/pdfs/BOE-A-2013-11162.pdf

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