REAL DECRETO 304/2014, DE 5 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL, DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
Con la entrada en vigor de este reglamento se deroga el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, aprobado por Real Decreto 925/1995, de 9 de junio.
Este Reglamento regula las obligaciones de los sujetos obligados, la organización institucional, las sanciones, etc.
También establece las medidas de diligencia debida dividiéndolas en:
· Medidas normales de diligencia debida.
· Medidas simplificadas de diligencia debida.
· Medidas reforzadas de diligencia debida.
Nos desarrolla las obligaciones de comunicación dividiéndolas en obligaciones de comunicación y de conservación de documentos.
También cuenta con un capítulo dedicado a Medidas de Control Interno.
Por último desarrolla apartados tales como medios de pago, sanciones y contramedidas financieras internacionales, ficheros de titularidades financieras, sanciones, etc.
Todos estos apartados se desarrollan en dicho reglamento.
Para más información, ver el enlace adjunto:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/01/31/pdfs/BOE-A-2013-954.pdf